CAMPUS SAN FRANCISCO
Manuel Montt N°56
Edificio K, primer piso
Teléfono: 452205302 / salud@uct.cl
Lun a Vier: 08:30 a 13:00 hrs y 15:00 a 19:00 hrs.
CAMPUS SAN JUAN PABLO II
Sala de Primeros Auxilios
Complejo Deportivo
Teléfono: 452205528 / salud@uct.cl
Lun a Vier: 08:30 a 12:30 hrs y 13:30 a 18:18 hrs
ACTIVACIÓN DEL SEGURO ESCOLAR
El Seguro Escolar se entiende como un conjunto de condiciones, medidas y acciones enfocadas a la prevención y el autocuidado requerido para que los miembros de la comunidad educativa puedan realizar el ejercicio pleno de los derechos, libertades y obligaciones que les reconoce o les impone el ordenamiento jurídico interno y las normas internacionales. Específicamente, la Ley General de Educación.
Protege a todos los alumnos regulares de establecimientos reconocidos por el Estado pertenecientes a la educación parvularia, básica, media, Científico Humanista o técnico profesional, de institutos profesionales, de centros de formación técnica y universitaria.
La activación del seguro se realiza a través de la declaración de accidente completando el formulario con los antecedentes según corresponda a la naturaleza del evento ocurrido. Este formulario lo debe completar el profesional responsable del establecimiento, Jefatura de carrera, Gestor o coordinador de prácticas, Técnico Paramédico sala primeros auxilios, Coordinador o Técnico deportivo, en caso que corresponda.
Respecto a la Cobertura del Seguro Escolar, este incluye las siguientes atenciones y prestaciones:
– Servicio Médico Gratuito.
– Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio, en establecimientos del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
– Hospitalizaciones, si fuera necesario.
– Medicamentos y productos farmacéuticos.
– Prótesis y aparatos ortopédicos incluida su reparación.
– Rehabilitación física y reeducación profesional.
– Los gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones.
Además, la ley establece una extensión hasta la entera recuperación del estudiante o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente.
Respecto a la denuncia del seguro escolar, esta debe ser realizada en urgencia de Centro de Salud Familiar u Hospital dependiente del Sistema Nacional de Servicios de Salud. Las clínicas y hospitales particulares no otorgan los beneficios del Seguro Escolar de Accidente, según decreto Nº313/72, solo si por razones calificadas los servicios de salud se encuentren en la imposibilidad de otorgar las prestaciones médicas que procedan, y los interesados (en este caso nuestros estudiantes) se ven obligados a obtener la atención en forma particular, corresponde reembolsar los gastos.
Procederá el reembolso, siempre y cuando, la atención médica particular haya sido imprescindible por su urgencia o por otro motivo derivado de la naturaleza de las lesiones sufridas. Por el contrario, si dicha atención particular ha sido requerida por decisión de los estudiantes, padres o apoderados, sin mediar las circunstancias mencionadas, no procederá el reembolso.
*En el caso de los estudiantes que se encuentran en práctica profesional, es importante que lleven una carpeta con el seguro escolar, ficha de registro con antecedentes personales de cada uno y el docente responsable o gestor de prácticas profesionales.
Consultas al correo: salud@uct.cl / coordinacion-pusa@uct.cl